Del Bautismo

SACRAMENTO DEL BAUTISMO.

Es el sacramento que nos inicia en la vida cristiana: nos hace Hijos de Dios y miembros de la Iglesia, el Bautismo es pues el fundamento de toda la vida cristiana.

El Bautismo es la puerta que nos abre el acceso a otros sacramentos, ya que si no hemos sido bautizados, no podemos recibir ningĆŗn otro sacramento.

Por el Bautismo somos liberados del pecado –  perdona todos los pecados que tuviere el bautizado -, quedando regenerados como hijos de Dios, incorporados a la Iglesia y hechos partĆ­cipes de su misión.

ĀæQuien puede recibir el Bautismo?Ā Ā 

Toda persona puede recibir el bautismo, con la única condición de no haberlo recibido antes.

ĀæCuales son sus signos principales?

Si bien es cierto, el rito esencial del sacramento es la inmersión o derramamiento del agua, en tres oportunidades, sobre el bautizando, hay otros signos importantes, como la unción con el santo crisma, la profesión de fe y el compromiso de padres y padrinos de educar en la fe al bautizando.

Ciertamente que la forma y el medio como se recibe varƭa si quiƩn lo recibe es un adulto, un joven o un niƱo reciƩn nacido. De cualquier manera, es importante acercarse a la parroquia y hacer las consultas respectivas para recibir este sacramento.

Requisitos para el sacramento del Bautismo.

Los padres tienen obligación de hacer que los hijos sean bautizados en las primeras semanas, cuanto antes después del nacimiento e incluso antes de él, caso de riesgo de fallecimiento.

Para ello deben acudir al pƔrroco para pedir el sacramento para su hijo y prepararse debidamente.

Si el niƱo se encuentra en peligro de muerte, debe ser bautizado sin demora.

Cuando hay duda sobre si alguien fue bautizado, o si el bautismo fue administrado vÔlidamente, y la duda persiste después de una investigación cuidadosa, se le ha de bautizar bajo condición.

Los bautizados en una comunidad eclesial no católica, no deben ser bautizados bajo condición, a no ser que haya un motivo serio para dudar de la validez de su bautismo, atendiendo tanto a la materia y a la fórmula empleadas en su administración, como a la intención del bautizado, si era adulto, y del ministro.

En los casos en que existan dudas sobre la administración del bautismo o sobre su validez, no se debe administrar el sacramento antes de que se haya enseñado la doctrina sobre el mismo a quien ha de recibirlo, si es adulto, o a sus padres si se trata de un infante.

El niño expósito o que se halló abandonado, debe ser bautizado, a no ser que conste su bautismo después de una investigación diligente.

En la medida de lo posible se deben bautizar los fetos abortivos, si viven.

Requisitos para los Padres.

Para bautizar lícitamente a un niño se requiere: 1º que den su consentimiento los padres, o al menos uno de los dos, o quienes hagan legítimamente sus veces. 2º que haya esperanza fundada de que el niño va a ser educado en la religión católica; si falta por completo esa esperanza, debe diferirse el bautismo, según las disposiciones del derecho particular, haciendo saber la razón a sus padres.

Los Padrinos.

Son aquellos que representan en la Iglesia al bautizado, contestan en su nombre y asumen la responsabilidad de la educación cristiana del bautizado si faltan sus padres.

Se requiere de un padrino y una madrina en caso de los niƱos.

En el caso de un adulto debe de ser uno solo, que debe de vigilar que lleve una vida cristiana despuƩs de ser bautizado.

Ser padrinos no implica asumir responsabilidades materiales.
Requisitos para ser Padrinos.

– Estar bautizados.

– Tener la intención de asumir las responsabilidades.

– Tener uso de razón.

– Haber cumplido 16 aƱos.

– Estar confirmado.

– Haber hecho su Primera Comunión.

– Llevar una vida de fe.

– Los padrinos han de ser solteros o casados por la Iglesia. No pueden serlo divorciados,vivir en unión libre o parejas de hecho,Ā  ya que deben de ser modelos de vida cristiana para los ahijados.

– No estar afectado por una pena canónica, legĆ­timamente impuesta o declarada.

– No pueden serlo el padre o la madre de quien se ha de bautizar.

 Cuestiones prÔcticas.

Previo a la celebración del bautismo se tendrÔ una entrevista con el sacerdote de la Parroquia para conocer la ceremonia, las obligaciones que conlleva y prepararse para ese momento.

AsĆ­ mismo hay que traer rellena al Despacho Parroquial la solicitud de Bautismo.

Bautizos en la Parroquia.

Los bautizos en la parroquia de NTO1-12_clbautismouestra SeƱora del Carmen de Salinas, se celebran de forma comunitaria los primeros sƔbados de mes a las 12.00 h. (excepto en Cuaresma)

El Bautismo en las parroquias de Santa Marƭa del Mar, San RomƔn de Naveces, Santiago del Monte y San FƩlix de Bayas se celebran los domingos, en horario de las eucaristƭas respectivas.

Conviene que los padres os paséis por el despacho parroquial, al menos un mes antes de la celebración.

El sÔbado anterior a la celebración, los padres tenéis una reunión en la parroquia para  preparar la celebración

Horas disponibles se reservarÔn según el orden de peticiones.